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martes, 24 de marzo de 2015
viernes, 30 de mayo de 2008
NUEVO CONVENIO
Con fecha 29 de mayo aparece publicado en el BOE, el XV Convenio Nacional de Empresas de Ingeniería y estudios técnicos, del que ya aparece un adelanto en este blog. El siguiente enlace os remite a dicho convenio.
viernes, 2 de mayo de 2008
OPOSICIONES DELINEANTES 2008
Convocadas 15 plazas, oposiciones al cuerpo de delineantes, Ministerio de Economia y Hacienda. BOE nº103 de 29 de abril de 2008.
martes, 22 de abril de 2008
XV CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE INGENIERIA Y OFICINAS DE ESTUDIOS TECNICOS
La vigencia del convenio es de tres años: para el pasado 2007, el presente 2008, y terminará su vigencia el 31 de diciembre de 2009. Los aspectos más relevantes del convenio, son los siguientes:
Subida Salarial: 4,2% en 2007, con carácter retroactivo desde 1 de enero, el 3,2% desde 1 de enero de 2008 y 2,8% en 2009. Una cláusula de revisión para estos dos últimos años con actualización de tablas al IPC real si fuera superior y generación de atrasos desde el mes en el que la inflación haya superado la subida inicial.
Tablas Salariales:
Año 2007 Año 2007 Año 2008 Año 2008
NIVEL Mes x 14 € ANUAL € Mes x 14 € ANUAL €
1 1.544,34 21.620,89 1.593,77 22.312,75
2 1.147,18 16.060,59 1.183,89 16.574,56
3 1.106,21 15.487,00 1.141,61 15.982,58
4 1.014,19 14.198,69 1.046,64 14.653,05
5 886,36 12.409,04 914,72 12.806,13
6 763,63 10.690,79 788,06 11.032,90
7 738,02 10.332,34 761,64 10.662,97
8 686,92 9.616,91 708,90 9.924,65
9 639,20 8.948,78 659,65 9.235,14
10 432,65 6.057,11 457,64 6.406,91
Plus Convenio 1.931,29 Plus Convenio 1.993,09
Dietas Día 48 € Dietas Día 49 €
Dieta Comida 10 € Kilometraje 0,19 €/km.
Jornada: Reducción de jornada anual en cuatro horas a partir de 1 de enero de 2008, estableciéndose en 1806. El día 24 de diciembre, será festivo a todos los efectos, y no será recuperable.Jornada flexible: Recomendación de negociación mediante acuerdo colectivo en las empresas con indicación de bandas de entrada, salida y comida; y tiempo de permanencia mínimo. Esto impide en la práctica que la imponga la empresa.Incorporación de la intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes con dos días de permiso retribuido.
Clasificación Profesional: Promoción de los Auxiliares Técnicos a nivel 8 (antes nivel 10). Encuadrar a los Oficiales Técnicos de 1ª en el nivel 5 y a los de 2ª en el nivel 6. (Antes no estaban). Reactivación de la Comisión y seguimos discutiendo la clasificación profesional.
Conciliación de la vida familiar y laboral e igualdad de oportunidades: Las empresas realizarán esfuerzos tendentes a lograr la igualdad de oportunidades en todas sus políticas, en particular, la igualdad de género, adoptando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. Lactancia: La madre tendrá la opción de elegir la hora de reducción diaria o la acumulación en dos semanas después del permiso de maternidad.
Recomendación expresa a las empresas de la aplicación íntegra del“Acuerdo Marco Europeo sobre acoso y violencia en el lugar de trabajo”,
lunes, 21 de abril de 2008
RENTA 2007. DESGRAVACION CUOTAS COLEGIALES
RENTA 2007- Desgravación de la cuota colegial.
- Trabajadores por cuenta ajena: En rendimientos del trabajo personal, serán deducibles las cuotas satisfechas a colegios profesionales cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, con el limite de 500€ al año. La casilla específica para su declaración en la renta es la 011.
- Trabajadores por cuenta propia o profesionales: En el caso de profesionales independientes es deducible como un gasto más de la actividad. No existe una casilla específica para cuota colegial por lo que se incluiría en la casilla 124 de Otros Gastos Fiscalmente Deducibles.
En ambos casos basta con consignar la cantidad, salvo que hacienda pida justificante, en ese caso poneros en contacto con el Colegio y os facilitaremos un certificado. La cuota colegial para el año 2007 fue de 100€, los colegiados acogidos a la cuota reducida fue de 60€.
- Trabajadores por cuenta ajena: En rendimientos del trabajo personal, serán deducibles las cuotas satisfechas a colegios profesionales cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, con el limite de 500€ al año. La casilla específica para su declaración en la renta es la 011.
- Trabajadores por cuenta propia o profesionales: En el caso de profesionales independientes es deducible como un gasto más de la actividad. No existe una casilla específica para cuota colegial por lo que se incluiría en la casilla 124 de Otros Gastos Fiscalmente Deducibles.
En ambos casos basta con consignar la cantidad, salvo que hacienda pida justificante, en ese caso poneros en contacto con el Colegio y os facilitaremos un certificado. La cuota colegial para el año 2007 fue de 100€, los colegiados acogidos a la cuota reducida fue de 60€.
PROGRAMAS DE FORMACION EN SALUD Y SEGURIDAD LABORAL
Programas de Seguridad y Salud Laboral de la Junta de Castilla y León, para más información llamar al teléfono: 987-20-22-52 o bien a nuestra oficina; estos cursos están dirigidos a trabajadores y desempleados. Si estáis interesados y residís en otra provincia contactad con nuestra oficina y os informaremos de los cursos en esa provincia.
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