lunes, 21 de abril de 2008

RENTA 2007. DESGRAVACION CUOTAS COLEGIALES

RENTA 2007- Desgravación de la cuota colegial.
- Trabajadores por cuenta ajena: En rendimientos del trabajo personal, serán deducibles las cuotas satisfechas a colegios profesionales cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, con el limite de 500€ al año. La casilla específica para su declaración en la renta es la 011.
- Trabajadores por cuenta propia o profesionales: En el caso de profesionales independientes es deducible como un gasto más de la actividad. No existe una casilla específica para cuota colegial por lo que se incluiría en la casilla 124 de Otros Gastos Fiscalmente Deducibles.

En ambos casos basta con consignar la cantidad, salvo que hacienda pida justificante, en ese caso poneros en contacto con el Colegio y os facilitaremos un certificado. La cuota colegial para el año 2007 fue de 100€, los colegiados acogidos a la cuota reducida fue de 60€.

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